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Renta Hospitalaria - Telemarketing |
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Información General
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Compañía de seguros: Cardif
Número de póliza:
Dental SOS: 61010866
Renta Hospitalaria: 61010701
"Las coberturas del seguro son responsabilidad de Cardif, empresa distinta a Scotiabank. Toda referencia a Scotiabank se refiere a Scotiabank Perú S.A.A."
Cualquier consulta o requiere mayor información puede llamar al 311 6000
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Requisitos
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- Ser cliente de Scotiabank y tener una Cuenta de Ahorros, una Cuenta Corriente o una Tarjeta de Crédito.
- Completar la solicitud de afiliación y que esta sea aprobada.
- Edad mínima de ingreso: 18 años.
- Edad máxima de ingreso: 64 años con 364 días.
- Edad máxima de permanencia: 69 años con 364 días.
- Ser una persona sana física y mentalmente.
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Características
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- Ofrece una indemnización diaria de libre disposición por cada día que el asegurado esté hospitalizado, sea por enfermedad o accidente, dentro o fuera del país, en hospital o clínica.
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Coberturas
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Coberturas: |
Plan 1 |
Plan 2 |
Plan 3 |
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Renta Diaria
por Hospitalización
por Enfermedad
o Accidente |
US$70 |
US$105 |
US$140 |
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Renta Diaria por
Hospitalización por
Enfermedad o Accidente
en Unidad de Cuidados
Intensivos (UCI) |
US$140 |
US$210 |
US$280 |
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Muerte Accidental
(1er. año de
permanencia) |
US$10,00 |
US$20,000 |
US$25,000 |
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Muerte Accidental
(13.meses o más
de permanencia) |
US$18,000 |
US$38,000 |
US$45,000 |
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Días Máximos Indemnizables:
Es el periodo máximo que el Seguro cubrirá en caso de una o varias hospitalizaciones de un Asegurado en un año. Para este Seguro, el periodo máximo indeminzable será de 90 días. |
Ventajas
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- La cobertura de Renta hospitalaria no tiene carencia por accidentes.
- La prima mensual se mantienen constante, FIJA durante toda la vigencia del seguro.
- La prima mensual no varia si cambiamos de rango de edad, se mantiene con la que ingreso.
- Otorga cobertura Nacional e Internacional, en cualquier parte del mundo los 365 días del año, las 24 horas del día.
- El Seguro es Renovable Automáticamente al mes y el cliente decide el tiempo de permanencia (el cliente no tiene que pagar multas ni penalizaciones por rescindir del contrato).
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Indemnización en caso de siniestros
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En caso de siniestro el cliente deberá comunicarse con Cardif al 6120002 dentro de los 45 días de haber ocurrido el siniestro, así mismo deberá entregar los siguientes documentos:
Renta Hospitalaria:
- Copia H.C. Asegurado.
- Orden de Hospitalización.
- Copia de Factura del Hospital o Clínica + Certificado que acredite internamiento.
Renta Hospitalaria:
- Declaración escrita detallando el Accidente.
- Doc. Identidad del Asegurado.
- Partida y Certificado de Defunción.
- Documentos de Identidad Beneficiarios.
- Atestado Policial.
- Necropcia + Toxicológico + Dosaje Etílico.
Una vez presentados los documentos indicados, Cardif indemnizará dentro de 30 días calendarios |
Exclusiones
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- Enfermedades o defectos congénitos.
- Las enfermedades o invalidez pre-existentes al inicio del presente seguro, incluyendo los siniestros ocurridos durante el periodo de carencia, considerándose éstos pre-existentes.
- Curas de reposo, surmenage, cansancio, estrés, trastornos del sueño o apnea del sueño, o cualquier otra enfermedad o trastorno emocional o desorden funcional de la mente, tratamientos de origen psiquiátrico o psicológico.
- Gastos cuyo objeto sea el chequeo medico y despistaje de enfermedades en una persona sana o de alguna enfermedad o dolencia no cubierta por el seguro.
- Tratamiento médico o cirugías con fines estéticos, cirugía plástica, cirugía reconstructiva. Sólo estarán cubiertos las cirugías reconstructivas o plásticas necesarias como resultado de un accidente cubierto por este seguro y que haya ocurrido después del inicio de vigencia de esta póliza.
- Suicidio o intento de suicidio o lesiones producidas voluntariamente por el mismo Asegurado, estando o no mentalmente insano.
- Enfermedades o tratamientos médicos relacionados, causados del uso, ingesta o adicción a las drogas, estupefacientes o narcóticos, fármacos o bebidas alcohólicas, así como también los accidentes ocurridos cuando el Asegurado se encuentra bajo la influencia del alcohol y/o drogas.
- Hospitalizaciones por embarazo, parto, aborto provocado o no provocado, así como los tratamientos de esterilización, fertilización, anticoncepción, disfunción eréctil o cambio de sexo, tratamientos que tengan por objeto procurar o evitar la procreación. Estarán excluidos los tratamientos médicos relacionados con enfermedades de los órganos de reproducción femeninos.
- Diagnósticos o tratamientos realizados por acupunturistas, homéopatas, médicinas alternativas (medicina china), ó persona que no sea médico legalmente habilitado para ejercer la profesión o que ó tratamientos realizados en centros no reconocidos por el Ministerio de Salud o por el Colegio Médico Peruano, así como todo tratamiento que se encuentre en fase experimental o período de prueba cuya indicación no esté aprobada por la FDA o la Organización Mundial de la Salud.
- Tratamiento de Síndrome Inmunológico Deficiencia Adquirida (SIDA), así como todas las enfermedades causadas o relacionadas al virus HIV positivo.
- Hospitalización si el Asegurado no es residente en el Perú.
- Lesiones o enfermedades a consecuencia de actos de guerra, revoluciones, insurrección, poder militar o usurpación, así como las que ocurran como consecuencia directa o indirecta de la prestación del servicio militar en cualquier Fuerza Armada, energía atómica, así como los que resulten de la participación activa del Asegurado en actos delictivos, motines, huelgas, conmoción civil y terrorismo, así como lesiones como consecuencia directa o indirecta de fusión o fisión nuclear, isótopos radioactivos así como radioterapia, cobaltoterapia y rayos x sin supervisión médica.
- Fenómenos catastróficos de la naturaleza.
- Accidentes producidos a consecuencia de actividades o deportes notoriamente peligrosos tales como pero no limitados a: uso de vehículos de carrera de cualquier tipo sea como conductor o pasajero, competencia en autos, motos terrestres o acuáticas, motocross, andinismo o alpinismo o escalamiento de montañas, cacería de fieras, pesca submarina, box, rodeo, rugby, puenting, ala delta, parapente, downhill, trecking, y similares.
- Enfermedades contagiosas que requieran aislamiento o cuarentena y que sean declaradas como epidemias.
- Accidente de trabajo o Enfermedad profesional para los trabajadores de empresas comprendidas por ley como empresas de riesgo.
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Servicio de Asistencia
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Alo doctor
( 24 hrs.del día 365 días del año) |
Sin Limite |
Sin Limite |
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Traslado terrestre ambulancia:
Por accidente |
US$150.00
por evento |
máx.1 evento |
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Por enfermedades graves |
US$150.00
por evento |
máx.1 evento |
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Envió de médicos a domicilio
por emergencia |
co-pago
US$ 10 |
sin limite |
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Referencia de médicos
especialitas, clínicas
y hospitales |
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sin limite |
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