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Seguro de Desempleo Involuntario e Incapacidad Temporal
Un novedoso plan que te cubre el pago de hasta 4 cuotas, con un límite de S/. 700 por cuota, en caso quedes sin empleo, y te brinda el mejor asesoramiento para que encuentres un puesto de trabajo lo antes posible.
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Información General
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Compañía de seguros: Cardif
Número de póliza: 57010601
"Las coberturas del seguro son responsabilidad de Cardif, empresa distinta a Scotiabank. Toda referencia a Scotiabank se refiere a Scotiabank Perú S.A.A."
Cualquier consulta o requiere mayor información puede llamar al 311 6000. Acumulas Puntos para canjearlos por increíbles premios.
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Descripción del producto
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Te ofrecemos 2 coberturas:
- Desempleo involuntario: para trabajadores independientes, incluyendo contrato de trabajo sujeto a la modalidad a plazo fijo mayor a un año.
- Incapacidad temporal: para trabajadores independientes.
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Coberturas
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Desempleo Involuntario - Trabajadores Dependientes
Cubre el Desempleo Involuntario sin causales atribuibles al propio Asegurado.Son considerados Asegurados bajo esta cobertura, todo trabajador del sector privado, con vínculo de subordinación o dependencia de un empleador bajo el sistema de contrato indefinido ó a plazo fijo mayor a 1 año, así como los Empleados del sector público, docentes, miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales.
Incapacidad Temporal - Trabajadores Independiente
Cubre la Incapacidad Temporal a consecuencia de una enfermedad o accidente, que impida al trabajador realizar su trabajo por más de 30 días.
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Coberturas |
Suma Asegurada y Límites |
Condiciones de la Cobertura |
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Desempleo Involuntario (trabajadores dependientes)
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Hasta 4 cuotas del préstamo personal, con un límite de S/.700 cada una o su equivalente en dólares (US$219 al cambio referencial de S/.3.20)
En caso de siniestro se pagarán 2 cuotas en una, y luego una a una.
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Carencia: 60 días
Deducible: 1 cuota (**)
Antigüedad Laboral: 6 meses
Período activo min.: 1 año
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Incapacidad Temporal(trabajadores independientes)
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Hasta 4 cuotas del préstamo personal, con un límite de S/.700 cada una o su equivalente en dólares (US$219 al cambio referencial de S/.3.20)
Una cuota por cada 30 días de incapacidad
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Carencia: 60 días
Deducible: 1 cuota (**) Período activo min.: 1 año
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Beneficio adicional
Servicio de asistencia laboral, que ofrece asesoría integral al asegurado en caso de desempleo con el fin de apoyarlo y conseguir que se reinserte lo mas pronto posible al mercado laboral.
Este seguro permite el ingreso de miembros de las fuerzas armadas y policiales para la cobertura de desempleo, además de amas de casa y jubilados para la cobertura de Incapacidad Temporal.
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BENEFICIO ADICIONAL |
DESCRIPCION DEL BENEFICIO |
CONDICIONES DEL BENEFICIO |
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Servicio de Asistencia Laboral
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Apoyo al Asegurado en:
- Análisis del Curriculum Vitae
- Carta de marketing
- Referencias Laborales
- Conceptos de entrevistas de selección
- Definición de la estrategia de búsqueda de trabajo
- Conceptos de entrevistas de contacto.
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El Asegurado será referido por Cardif del Perú, al Servicio de Asistencia Laboral, una vez completada la documentación y haber aceptado la cobertura del siniestro.
La cobertura no tiene limitación de eventos al año y no tiene ningún costo adicional para el Asegurado.
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Requisitos y Formas de Pago
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Requisitos de Asegurabilidad
- Edad mínima de ingreso desde los 18 años hasta los 64 años y 364 días (siempre y cuando este trabajando).
- Edad máxima de permanencia no podrá superar los 69 años y 364 días.
Formas de Pago
- Prima única financiada dentro de las cuotas del crédito personal.
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Procedimiento En Caso De Siniestros
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Producido el desempleo involuntario o incapacidad temporal, el asegurado deberá comunicarlo por escrito a través de cualquier agencia de scotiabank o a la compañía de seguros, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se haya tomado conocimiento del hecho , utilizando el formulario de presentación de siniestros y adjuntando los siguientes documentos:
Desempleo Involuntario
- Formulario de declaración de siniestros firmada por el asegurado y un funcionario de Scotiabank.
- Copia del documento de identidad del asegurado.
- Documento que da termino a la relación laboral o carta de despido o resolución de cese.
- Liquidación de beneficios sociales y constancia del pago de l beneficio por despido.
- Certificado de aportaciones a la AFP o a la ONP correspondiente al mes siguiente del cese.
Incapacidad Temporal
- Formulario de declaración de siniestros firmada por el asegurado y un funcionario de Scotiabank.
- Copia del documento de identidad del asegurado.
- Certificado de 4ta o 3ra categoría .
- Certificado medico detallado sobre enfermedad o accidente.
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Plazo para Atención de Siniestros
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Luego de presentados los documentos, la respuesta de la compañía será remitida en un plazo no mayor a 10 días. Los plazos de respuesta podrán ser ampliados, cuando la complejidad y naturaleza del reclamo lo justifique.
Plazo para Atención de Reclamos
En caso de reclamos el cliente deberá contactar con algún funcionario del Scotiabank en cualquier agencia, dar sus datos completos, el nombre del producto afectado y una carta con la explicación del hecho reclamado.
La respuesta al reclamo será remitida al usuario en un plazo no mayor a 5 días de presentada la carta a la compañía de seguros. Los plazos de respuesta podrán ser ampliados cuando la complejidad y la naturaleza del reclamo lo justifique.
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Exclusiones
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- Faltas graves del trabajador.
- Despido atribuible a la conducta o capacidad del trabajador.
- Vencimiento del plazo previsto en el contrato de trabajo o jubilación.
- Renuncia o cese a solicitud del asegurado.
- Fallecimiento.
- Condena penal privativa de la libertad por delito doloso cometido por el asegurado.
- Siniestros ocurridos en el periodo de carencia.
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Definiciones
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Antigüedad Mínima Laboral... 180 días
Cantidad de días consecutivos en que el Asegurado debe mantenerse en su empleo, para reclamar, por primera vez una indemnización.
Deducible... 1 cuota.
Esta cuota es a cargo del Asegurado en caso de quedar en situación de Desempleo Involuntario o Incapacitado Temporalmente.
Carencia... 60 días
Es el período de tiempo contado desde el inicio de la vigencia de la cobertura, durante el cual el asegurado no tiene derecho alguno a indemnización.
Período Activo Mínimo... 365 días a partir de la fecha de inicio del nuevo empleo
Lapso de tiempo que debe transcurrir para que el Asegurado que ya ha sido indemnizado en razón del seguro y que ha obtenido nuevamente empleo, debe mantenerse en este en forma ininterrumpida, con contrato de trabajo indefinido bajo vínculo de subordinación y dependencia, para poder invocar al seguro si incurre nuevamente en desempleo involuntario.En caso de incapacidad temporal, es el periodo que debe transcurrir para que el Asegurado que ya ha sido indemnizado por esta cobertura, reciba una nueva indemnización, siempre que sea por una enfermedad o accidente que no sea la misma que fue cubierta anteriormente.
A partir del 15-05-09 los préstamos desembolsados por montos menores o iguales a S/5,000.00 (Cinco Mil con 00/100 Nuevos Soles) ó $1,500.00 (Un Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos), deberán contar con Seguro de Desempleo como requisito del producto, para montos mayores el seguro es optativo, esta condición no esta contemplado para préstamos bajo Convenios de Descuento por Planilla (en este caso es optativo).
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